Secretaría Comunal de Planificación (SECPLA)

Unidades Municipales
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Beky Riffos Ríos

Directora de la Secretaría Comunal de Planifación

La Secretaría Comunal de Planificación, desempeñará funciones de asesoría del Alcalde y del Concejo, en materias de estudios y evaluación, propias de las competencias de ambos órganos municipales.

Adscritos a la Secretaría Comunal de Planificación, existirán las unidades de Asesor Urbanista y la Unidad de Estudios y Proyectos.

Funciones generales:
  1. Asesorar al Alcalde en la elaboración de los proyectos del plan comunal de desarrollo y del presupuesto municipal.
  2. Diseñar, implementar y mantener archivos de los planes, programas y proyectos elaborados por esta unidad.
  3. Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de las situaciones de desarrollo de la Comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales.
  4. Elaborar las bases generales y específicas, según corresponda, para los llamados a licitación, previo informe de la unidad competente, de conformidad con los criterios e instrucciones establecidos en el reglamento municipal respectivo.
  5. Estudiar, caracterizar, programar y evaluar el proceso de desarrollo comunal en sus aspectos económicos y presupuestarios.
  6. Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y el presupuesto municipal, e informar sobre estas materias al concejo a lo menos semestralmente.
  7. Evaluar el cumplimiento del Plan de Desarrollo Comunal en sus aspectos financiero-presupuestario
  8. Evaluar los planes, programas y proyectos municipales considerando la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, como criterio de equidad.
  9. Fomentar las vinculaciones de carácter técnico entre las unidades municipales con los servicios públicos y el sector privado en materias propias de sus competencias.
  10. Formular y proponer, en coordinación con la Dirección de Administración y Finanzas, los proyectos del Plan Financiero y Presupuestario Municipal conforme al Plan de Desarrollo Comunal, de manera que implementen los programas y proyectos que éste contemple en las áreas sociales, físicas, económicas y, en general, municipales.
  11. Procesar la información presupuestaria enviada por la Dirección de Administración y Finanzas, para efectos de la evaluación de la ejecución programática.
  12. Recopilar y mantener la información comunal y regional atingente a sus funciones.
  13. Servir de secretaría técnica permanente del alcalde y del concejo en la formulación de la estrategia municipal, como asimismo de las políticas, planes,  programas  y proyectos de desarrollo de la comuna.
  14. Supervisar y efectuar el requerimiento presupuestario de las obras y programas en ejecución, en las que se encuentra comprometida la inversión municipal.
  15. Otras funciones que la Ley señale o que el Alcalde de asigne.
Funciones específicas:

  1. Colaborar con la unidad de Asesoría Jurídica en la elaboración de los mandatos de ejecución de Obras y llevar un registro de éstos.
  2. Controlar la ejecución presupuestaria de los programas municipales.
  3. Elaborar y proponer el PLADECO y el Presupuesto Municipal en los plazos establecidos en la Ley, requiriendo de las unidades municipales y específicamente de la Unidad de Administración y Finanzas toda la información.
  4. Informar al Alcalde y a las autoridades municipales de aquellos proyectos de los que se obtenga financiamiento.
  5. Mantener actualizado el Plan de Desarrollo Comunal y proponer las modificaciones necesarias a los planes, programas y estrategias.
  6. Mantener actualizada la información estadística de la Comuna y de la Municipalidad, proporcionando la información necesaria a las unidades municipales.
  7. Proponer sistemas de concesiones para bienes y/o servicios municipales.
  8. Recopilar y preparar los antecedentes necesarios para la Cuenta Pública.
  9. Tener a su cargo la Unidad de Compra para las Propuestas Públicas de los Proyectos y Estudios de Inversión.
Asesoría Urbana

Existirá el Asesor Urbanista, que  tendrá las siguientes funciones generales:

  1. Asesorar al Alcalde y al Concejo Municipal en la promoción del desarrollo urbano.
  2. Estudiar y elaborar el Plan Regulador Comunal y mantenerlo actualizado, promoviendo las modificaciones que sean necesarias y preparar los planos de detalle y planes seccionales para su aplicación.
  3. Informar técnicamente las proposiciones sobre planificación urbana intercomunal formuladas al Municipio por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo.
  4. Proponer periódicamente medidas para impulsar el desarrollo urbano comunal y el respeto al medio.
  5. Revisar el cumplimiento de las disposiciones del Plan Regulador Comunal en la presentación de proyectos, subdivisiones, loteos, urbanizaciones y autorizar los conjuntos armónicos.
  6. Atender toda otra materia que derive del Alcalde.

El Asesor Urbanista, tendrá además las siguientes funciones específicas:

  1. Elaborar los diseños relativos a los proyectos de inversión de interés comunal.
  2. Confeccionar las especificaciones técnicas de los proyectos para su postulación o licitación.
  3. Ingreso y manejo de las licitaciones que ejecute la Secretaría Comunal de Planificación en el Portal de Chile Compra.
  4. Relación y coordinación con empresas privadas y organizaciones públicas involucradas con licitación, adjudicación y ejecución de proyectos.
Oficina de Estudios y Proyectos

La Oficina de Estudios y Proyectos, le corresponderá elaborar y evaluar los proyectos para su postulación y responsabilidad en el proceso de propuestas para la ejecución de proyectos, de acuerdo a los programas de inversión definidos por el municipio. En cumplimiento de este objetivo tendrá las siguientes funciones: 

  1. Asesorar al Secretario Comunal de Planificación en la programación del trabajo anual en materias de proyectos, conjuntamente con las unidades municipales respectivas.
  2. Preparar, formular y evaluar los proyectos para inversión con financiamiento externo, según las metodologías sectoriales que correspondan.
  3. Ingresar las postulaciones de proyectos de inversión y de infraestructura comunal a las diferentes fuentes de financiamiento regionales y sectoriales.
  4. Coordinar con empresas privadas y organizaciones públicas involucradas con la preparación, formulación, evaluación, licitación, adjudicación y ejecución de proyectos.
  5. Generar y gestionar la cartera de proyectos al interior del municipio y la participación de los actores clave.
  6. Gestionar los aspectos técnicos y administrativos de la formulación de proyectos.
  7. Ingresar y mantener al Sistema de Estadísticas Básicas de Inversión los proyectos, programas, estudios, de acuerdo a los procedimientos establecidos por los organismos estatales que corresponda.
  8. Mantener la información permanente para las unidades municipales respecto de las fechas de postulación de posibles fuentes de financiamiento.
  9. Recopilar información acerca de todas las acciones y proyectos, que los distintos servicios públicos preparen o que estén aplicando en la comuna, con fines de coordinación.
  10. Preparar en coordinación, con las Dirección de Administración y Finanzas, los proyectos del Plan Financiero y Presupuesto Municipal, conforme al Plan de Desarrollo Comunal.
  11. Elaborar el informe de rendición de estado de pago de proyectos en ejecución, remitiendo copia de estos a la oficina de contabilidad, para que proceda a registras los asientos contables pertinentes.
  12. Coordinar y colaborar con la Corporación Municipal en la presentación de proyectos de inversión en las áreas de Salud y Educación.
  13. Otras, que el Alcalde o el Secretario Comunal de Planificación le encomiende.